Consentimiento Informado
Información que toda persona atendida en ReconoSERte debe conocer y aceptar antes de iniciar una prestación de salud, conforme a la Ley N° 20.584 sobre Derechos y Deberes del Paciente y a la Ley N° 21.331 sobre Reconocimiento y Protección de los Derechos en Salud Mental.
Última actualización · 28 de abril de 2026
Lee este documento con atención. Contiene la información esencial sobre las prestaciones que recibirás en ReconoSERte. En la primera sesión, tu profesional tratante te explicará verbalmente lo aplicable a tu caso y resolverá las dudas que tengas antes de comenzar.
01Qué es el consentimiento informado
El consentimiento informado es el proceso por el cual una persona, después de recibir información clara y suficiente, acepta de manera libre y voluntaria someterse a una prestación de salud. Está regulado en los artículos 8 al 14 de la Ley N° 20.584 y constituye un derecho irrenunciable.
Al iniciar una atención en ReconoSERte recibirás esta información en forma verbal y escrita. Podrás solicitar una copia en cualquier momento.
02Información que recibirás
Antes y durante el proceso, tu profesional te explicará, en lenguaje comprensible:
- El estado de tu salud y el posible diagnóstico.
- Las alternativas de tratamiento disponibles, sus características y duración estimada.
- Los riesgos, efectos adversos y beneficios esperables.
- El pronóstico aproximado y las opciones en caso de no realizar el tratamiento.
- El costo, los plazos y la frecuencia de las sesiones.
03Voluntariedad y derecho a revocar
Tu participación es enteramente voluntaria. Puedes aceptar, rechazar o revocar el consentimiento en cualquier momento, sin que esto afecte la calidad o continuidad de la atención. La revocación deberá quedar registrada en tu ficha clínica.
En caso de tratamientos farmacológicos en curso, el cese debe realizarse en conjunto con tu médico tratante para evitar riesgos.
04Confidencialidad y secreto profesional
Toda la información que compartas con el equipo de ReconoSERte está protegida por el secreto profesional y el deber de reserva del art. 12 de la Ley 20.584. Tu ficha clínica es confidencial y sólo puede ser conocida por:
- El o los profesionales tratantes y el equipo de admisión y administración estrictamente necesario.
- El propio paciente o su representante legal.
- Terceros con tu consentimiento expreso (por ejemplo, para emitir un informe).
- Tribunales de justicia mediante orden judicial.
Límites legales del secreto profesional
Existen situaciones en que la ley nos obliga a romper la confidencialidad para proteger derechos superiores:
- Riesgo grave e inminente para tu vida o integridad o para la de un tercero.
- Sospecha o conocimiento de maltrato a menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad (deber de denuncia).
- Delitos de connotación pública contemplados en el Código Procesal Penal.
- Orden judicial expresa.
05Equipo tratante e interconsultas
Si tu proceso requiere apoyo de otro profesional del centro (por ejemplo, evaluación psiquiátrica complementaria), te lo informaremos y solicitaremos tu consentimiento previo para compartir la información clínica indispensable.
06Honorarios, pagos e inasistencias
- Los valores se informan al momento de agendar y se confirman al pagar.
- El pago se realiza por anticipado o al finalizar la sesión, según lo acordado.
- Las cancelaciones deben hacerse con al menos 24 horas de antelación. Inasistencias o cancelaciones tardías podrán cobrarse hasta el 100% del valor de la sesión.
- Para reembolsos rige lo señalado en los Términos y Condiciones.
07Registro clínico y derechos sobre tu ficha
Conforme al art. 12 de la Ley 20.584, mantenemos una ficha clínica completa, actualizada y reservada por un período mínimo de 15 años desde la última atención. Tienes derecho a acceder a su contenido, a solicitar rectificaciones y a obtener una copia. El procedimiento se gestiona por correo a contacto@reconoserte.cl con acreditación de identidad.
Información específica por especialidad
Cada disciplina tiene características propias que se detallan a continuación. Aplica la sección que corresponda al tipo de atención que recibirás.
Psicología clínica
- Encuadre: sesiones individuales, de pareja, familiares o grupales según lo pactado, con duración habitual de 45 a 60 minutos.
- Frecuencia: generalmente semanal o quincenal, según indicación clínica.
- Enfoques: el profesional emplea el enfoque o combinación de enfoques que mejor se ajuste a tu caso (TCC, sistémico, humanista, psicoanalítico, etc.) e informará sobre ello.
- Riesgos: la psicoterapia puede generar malestar emocional transitorio (recuerdos dolorosos, emociones intensas) que es parte del proceso terapéutico.
- Beneficios: mejora del bienestar emocional, mayor comprensión personal, herramientas para afrontar dificultades. Los resultados no están garantizados y dependen también del compromiso del paciente.
Psiquiatría y medicina de salud mental
- Evaluación clínica: entrevista, anamnesis, examen mental y revisión de antecedentes.
- Prescripción farmacológica: cuando corresponda, se indicarán medicamentos, dosis y duración. Se informará sobre efectos adversos esperables, interacciones y signos de alarma.
- Recetas: simples, retenidas o magistrales, según las normas del Instituto de Salud Pública (ISP).
- Controles: es indispensable cumplir con los controles indicados para ajustar la terapia.
- Riesgos: efectos adversos del medicamento, dependencia en ciertos fármacos. No suspender por cuenta propia.
Fonoaudiología
- Evaluación inicial: de habla, lenguaje, voz, deglución o audición según el motivo.
- Plan terapéutico: objetivos, frecuencia y materiales necesarios.
- Compromiso del paciente o cuidador: los avances dependen del trabajo entre sesiones.
- Riesgos: mínimos; algunas técnicas pueden generar fatiga vocal o cansancio momentáneo.
Terapia ocupacional
- Evaluación: habilidades sensorio-motoras, autorregulación, autonomía y participación.
- Intervención: integración sensorial, juego terapéutico, herramientas de regulación emocional, apoyo a rutinas.
- Participación de cuidadores: en niñas, niños y adolescentes es habitual la participación de padres y cuidadores en parte de la sesión.
- Riesgos: cansancio físico y emocional propio del trabajo terapéutico.
Nutrición
- Evaluación: antropométrica, hábitos alimentarios y antecedentes médicos.
- Pauta alimentaria: personalizada y revisable.
- Importante: la atención nutricional no sustituye el control médico de patologías de base. Coordina con tu médico tratante.
- Contraindicaciones: declara antecedentes de alergias, embarazo, lactancia o trastornos alimentarios para una pauta segura.
Telemedicina y atención online
La atención online se rige por las mismas obligaciones legales y éticas que la presencial. Para que sea segura y efectiva debes considerar:
- Requisitos técnicos: conexión a internet estable, dispositivo con cámara, micrófono y audífonos recomendados.
- Privacidad: conéctate desde un lugar tranquilo y privado, donde no haya terceros escuchando.
- Riesgos propios de la modalidad: caída de conexión, pérdida de matices no verbales, restricciones técnicas para algunos procedimientos clínicos.
- Plataformas: usamos plataformas de videoconsulta con cifrado en tránsito.
- Grabación: las sesiones no se graban, salvo que medie consentimiento expreso, escrito y previo de ambas partes.
- Identidad: al inicio de la primera sesión se verifica identidad mediante documento.
- Limitación: ante una urgencia psiquiátrica o riesgo vital, la telemedicina no reemplaza la atención presencial; se te indicará el servicio de urgencia más cercano.
Niños, niñas y adolescentes
- Consentimiento: se requiere autorización del padre, madre o tutor legal con tuición.
- Asentimiento: a partir de los 7 años se solicita el asentimiento del niño o niña, y desde los 14 años su opinión tiene mayor peso.
- Padres separados: en caso de tuición compartida, se solicita el consentimiento de ambos padres salvo resolución judicial en contrario.
- Confidencialidad ajustada: el contenido de las sesiones se reserva, salvo riesgo o por solicitud expresa de los padres dentro de los límites éticos.
Personas con discapacidad cognitiva o psíquica (Ley 21.331)
- Se promueve la toma de decisiones con apoyo, no la sustitución, conforme a la Ley 21.331 de Salud Mental.
- La información se entrega en formato accesible y comprensible.
- Cuando exista representante legal, se incorpora a la decisión sin desplazar la voz de la persona.
¿Tienes dudas?
Tu profesional tratante revisará y firmará contigo este consentimiento al inicio de la primera sesión. Si tienes preguntas previas escríbenos a contacto@reconoserte.cl o llámanos al +56 9 9982 3484.
Este consentimiento se complementa con nuestra Política de Privacidad y los Términos y Condiciones.